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Leyes en entredicho
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Leyes en entredicho

Actualizado 06/06/2016
Redacción

Por algunos medios de comunicación se ha difundido la noticia de un joven que debe cumplir condena de seis años de cárcel por abonar una compra de 79,20 euros con una tarjeta falsificada. Expuesta así la noticia, para quienes como yo no sean personas instruidas en leyes, no me negarán que sorprende, y no poco. Máxime cuando, en las mismas fechas, nos enteramos de otros procedimientos judiciales en los que se solicitan condenas inferiores a un conocido político catalán acusado de tráfico de Leyes en entredicho | Imagen 1influencias, cohecho y falsedad documental, cuyo beneficios crematísticos suponen cantidades con bastantes dígitos más que la del joven granadino. Para más "inri", también coincide la noticia con el juicio de un futbolista famoso, acusado de defraudar al fisco más de cuatro millones de euros, y para el que se pide una condena que no lleva aparejada la entrada en prisión. Sin necesidad de recurrir a casos recientes, basta recordar el número de años que ha cumplido algún asesino, para comprobar que, para un profano, algunas vidas humanas valen menos de 79,20 euros.

Insisto en que carezco de conocimientos para calificar estas medidas, y estoy convencido de la legalidad de las mismas. Se aduce como razón de esta condena la gravedad del delito cometido, tipificando al autor como reo de banda organizada y estafa. Ahora bien, cuando una mayoría de personas legas en materia de derecho - pero que mantienen todo su sentido común-, resultan fuertemente sorprendidas por este tipo de decisiones, algo está fallando. Si el delito de este joven es más grave que los descritos más arriba, y si no se encuentra ninguna circunstancia atenuante, también resulta difícil de comprender. En el momento que surgen estas controversias, nadie quiere asumir su parte de culpa Los periodistas, espoleados por el clamor popular, tratan de increpar a los juristas por su "inhumana" dureza a la hora de aplicar las leyes. Los jueces, naturalmente, se amparan en el estricto cumplimiento de las leyes. Legalidades aparte, en este como en otros muchos campos de la sociedad, al menor desajuste sale a relucir el corporativismo que adorna a todas las profesiones, lo reconozcan o no. Lógicamente con menor detalle que un jurista, uno sabe lo que es la separación de poderes y las responsabilidades asignadas a cada uno de ellos; por consiguiente sabemos que las leyes se aprueban en el Parlamento, las aplican los jueces y el Gobierno vigila su cumplimiento. Hasta ahí, estamos todos de acuerdo.

Comprendo la posición de los jueces al tratar de justificar las condenas que tanto sorprenden a los profanos, manifestando que su cometido está sujeto a lo que determinan las leyes - marco que nunca pueden ni deben sobrepasar-, e, indirectamente, cargando la responsabilidad de esas aparentes anomalías, bien en el contenido estricto de la ley, bien en los posibles "aliviaderos gramaticales" que posibiliten interpretaciones alejadas del espíritu del legislador. Aducen, por lo tanto, que las posibles desproporciones entre el delito y la pena nacen de la misma redacción de la ley, cuyos autores no estuvieron suficientemente afortunados a la hora de presentarla a debate, ni los parlamentarios consiguieron subsanar los desequilibrios. Puede suceder, también, que la fuerza de las mayorías se acabe imponiendo a la razón de los enmendantes, y la ley sea aprobada con la presunta injusticia.

En cualquier caso, según el parecer ecuánime de algún magistrado, cuando se da una situación extravagante ?y "haberlas, haylas", aunque no siempre sean injustas-, el fallo podría haberse evitado precisamente en el momento de su redacción. Se supone que los partidos políticos deben tener en sus filas suficiente personal capacitado en la materia para alumbrar textos equilibrados. Si no fuera así, sería difícil de aceptar la necesidad de contratar tanto asesor privado como figura en la plana mayor de algunas formaciones. Por último ?quizá no debería ser lo último-, el Estado dispone de organismos superiores, supuestamente independientes, cuyo dictamen previo a la presentación de una ley sometida a debate parlamentario debería ser, si no obligatorio, al menos orientativo. Si mis razonamientos contienen alguna inconveniencia jurídica, nunca sería por atacar a ningún colectivo, sino por mi deseo de ilustrar a los profanos ante futuras controversias.

Es posible que, cuando este comentario vea la luz, el joven granadino haya sido indultado, o esté a punto de serlo. Si así fuera, estoy convencido que muchos ciudadanos de a pie, y más de un hombre de leyes, nos alegraríamos.

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